Resumen de medidas y acuerdos sobre transporte de mercancías peligrosas ADR en Estado de Alarma por COVID-19
Debido al estado de alarma, la paralización de exámenes y el cierre temporal de la mayoría de establecimientos, en España se han tomado varias medidas y acuerdos que afectan al transporte de mercancías peligrosas ADR. En este artículo venimos a indicar algunos de los más importantes:
- CARNET DE CONDUCIR: Se prorroga la vigencia del carnet de conducir que haya caducado durante el estado de alarma hasta 60 días después de la terminación del estado de alarma. Pueden consultarlo en este enlace:
- ITV CADUCADA: No deben de ser multados los vehículos cuya ITV haya caducado durante el estado de alarma o alguna de sus prórrogas, al interrumpirse los plazos de tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público en el R.D.463/2020.
- CERTIFICADO DE FORMACIÓN ADR (carnet ADR): Si caduca en entre el 1 de marzo de 2020 y el 1 de noviembre de 2020, seguirá siendo válido hasta el 30 de noviembre de 2020 según el Acuerdo Multilateral M-324
- CAP: Si el CAP ha caducado después del 1 de marzo, seguirá siendo válido hasta 120 días después de la finalización del estado de alarma. Pueden consultarlo en el siguiente enlace:
- CERTIFICADO DE APROBACIÓN ADR (Certificado ADR del vehículo AT, FL, EXII, EXIII, MEMU): Los certificados caducados entre el 1 de marzo 2020 y el 1 de agosto de 2020, seguirán siendo válidas hasta el 30 de agosto de 2020. Pueden consultarlo en el siguiente enlace:
Para cualquier duda o aclaración pueden contactar consejerodeseguridad.net